Micelio
Auto24 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante --·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 suspende el desarrollo de algunas las sesiones técnicas dispuestas en el auto 129/23, específicamente las que corresponden a los nodos de (i) componente transversal y subsistencia mínima; (ii) prevención y protección; y, (iii) verdad, justicia y reparación integral y, en consecuencia, determina modificar la nueva agenda a desarrollar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. SUSPENDER el desarrollo de las sesiones técnicas previstas en el auto 1291 de 2023 para el 4 de septiembre y 2 y 23 de octubre, que corresponden a los nodos de (i) componente transversal y subsistencia mínima; (ii) prevención y protección; y, (iii) verdad, justicia y reparación integral.
  2. En consecuencia, establecer como agenda para las sesiones técnicas para la presentación y discusión de la información relacionada con la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en materia de desplazamiento forzado las fijadas en el fundamento 5 de la presente providencia.
  3. Segundo. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, la presente providencia a la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo, la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado y a la Mesa Nacional de Víctimas.
  4. Tercero. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, el contenido de la presente providencia al área central administrativa de la Corte Constitucional para lo de su competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.